TRÁMITES Y SERVICIOS
DESCRIPCIÓN
COSTO
DÓNDE SE PAGA
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 48 fracción II, VI y 110 del código financiero del Estado de México y municipios.
REQUISITOS PERSONAS FÍSICAS
- Último recibo predial pagado.
- Verificación realizada por catastro.
- Manifestación catastral.
REQUISITOS PERSONAS MORALES
- Último recibo predial pagado.
- Verificación realizada por catastro.
- Manifestación catastral.
REQUISITOS INSTITUCIONES PÚBLICAS
- Último recibo predial pagado.
- Verificación realizada por catastro.
- Manifestación catastral.
- En caso de exención (oficio dirigido a la tesorería municipal solicitando la exención de pago y acreditar fehacientemente la calidad del bien de dominio público).
Documento a Obtener
Casos en el que el trámite debe realizarse
- Cuando se modifiquen los valores catastrales de los inmuebles.