TRÁMITES Y SERVICIOS

REGISTRO DE DEFUNCIÓN

DESCRIPCIÓN

Documento que acredita la pérdida completa y definitiva de los signos vitales de una persona física, que puede producirse de manera natural o de forma violenta.

COSTO 

GRATUITO.

DÓNDE SE PAGA

No aplica

FUNDAMENTO LEGAL

  • Artículos 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México
  • Artículo 3.29 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO

REQUISITOS PERSONAS FÍSICAS

    1. Identificación oficial, CURP o acta de nacimiento del finado.Solicitud que contendrá firma(s) y huella(s) de quien(es) comparece(n).
    1. Certificado médico de defunción en formato autorizado por la Secretaría de Salud, expedido por médico titulado o persona legalmente autorizada por la autoridad sanitaria.
    2. Identificación oficial vigente y comparecencia del declarante.
    3. Oficio del Ministerio Público que ordene el asentamiento del acta de defunción y en su caso, la orden de inhumación y/o cremación correspondiente, cuando el deceso se hubiera dado por causas violentas y/o sospechosas.
    4. Copia del permiso del sector salud que autoriza su traslado, cuando el cadáver vaya a ser inhumado o cremado en otra Entidad o a una distancia mayor a los 100 kilómetros del lugar en que ocurrió el deceso.
    5. Permiso del sector salud para inhumar o cremar, durante las primeras doce horas y después de las cuarenta y ocho horas, de ocurrido el mismo.
    6. Oficio de liberación del cuerpo, expedido por la institución autorizada del sector salud, cuando haya sido donado para fines de docencia o de investigación.
    7. Copia certificada de la Carpeta de Investigación y/u oficio derivado de la misma, cuando el cadáver de persona desconocida haya sido identificado
    8. El/la Oficial solicitará la constancia expedida por el administrador del panteón, donde conste el lugar en que se inhumó o cremó el cadáver, cuando no haya sido asentada el acta dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al deceso.

REQUISITOS PERSONAS MORALES

  • No aplica

REQUISITOS INSTITUCIONES PÚBLICAS

  • No aplica

Documento a obtener

  • Acta de Defunción.

     

Casos en los que el trámite debe realizarse

  • A petición de parte, cuando se acredite que una persona ha muerto de manera natural o de forma violenta.

     

Criterios de resolución del trámite

  • Deben cumplir con los requisitos, de no ser así no se dará trámite a su solicitud.

Unidad Administrativa Responsable

Secretaría del Ayuntamiento

 

Titular de la Dependencia

Lic. Angeles Yasmín Dimas Vargas

 

Domicilio

Calle Bartolomé Flores. S/N, Cabecera Municipal, en Coacalco de Berriozábal C.P. 55700

 

Teléfono

(55) 5898 – 9993

 

Correo electrónico

secretaria.delayuntamiento@coacalco.gob.mx