TRÁMITES Y SERVICIOS

PAGO DE DIFERENCIAS DEL IMPUESTO PREDIAL POR MODIFICACIÓN DE CONSTRUCCIÓN Y/O TIPOLOGÍA.

DESCRIPCIÓN

Cuando se modifiquen los valores catastrales de los inmuebles, el impuesto que resulte de aplicar el nuevo valor, se pagará a partir del bimestre siguiente a la fecha de su modificación.

COSTO 

La cantidad por pagar sera la diferencia entre el impuesto pagado y el que resulte de aplicar la tarifa al valor catastral resultante.

DÓNDE SE PAGA

Cajas de Tesoreria

FUNDAMENTO LEGAL

Artículo 48 fracción II, VI y 110 del código financiero del Estado de México y municipios.

REQUISITOS PERSONAS FÍSICAS

  • Último recibo predial pagado.
  • Verificación realizada por catastro.
  • Manifestación catastral.

REQUISITOS PERSONAS MORALES

  • Último recibo predial pagado.
  • Verificación realizada por catastro.
  • Manifestación catastral.

REQUISITOS INSTITUCIONES PÚBLICAS

  • Último recibo predial pagado.
  • Verificación realizada por catastro.
  • Manifestación catastral.
  • En caso de exención (oficio dirigido a la tesorería municipal solicitando la exención de pago y acreditar fehacientemente la calidad del bien de dominio público).


Documento a Obtener 

  • Recibo de pago con el concepto de diferencias de impuesto predial del periodo pagado.

     

     

Casos en el que el trámite debe realizarse

  • Cuando se modifiquen los valores catastrales de los inmuebles.

 

Criterios de resolución del trámite

  • No aplica.

Unidad Administrativa Responsable

Subtesorería de Ingresos

 

 

Titular de la Dependencia

Julia Galindo Tejeda

 

 

Domicilio

Calle Severiano Reyes.. S/N, Cabecera Municipal, en Coacalco de Berriozábal C.P. 55700

Correo

subtesoreroingresos@coacalco.gob.mx